Régimen Tributario Especial 2022

Régimen Tributario Especial 2022

La Fundación para el Restablecimiento de Derechos de la Juventud e inclusión Social. Fundación Educando, ha solicitado ante la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN, la permanencia como entidad perteneciente al Régimen Tributario Especial del Impuesto Sobre la Renta y Complementario, y en cumplimiento a lo que estipula el parágrafo 2 del artículo 354-5 del E.T y el artículo 1.2.1.5.1.8 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria e incorporado en el artículo 2 del Decreto 2150 de 2017, ha presentado los siguientes documentos:

  1. Un informe anual de resultados o Informe de gestión Año 2022
  2. Los estados financieros de la entidad año 2022. 
  3. Certificación de Requisitos del representante legal o revisor fiscal en el que evidencia que han cumplido con todos los requisitos durante el respectivo año. (Numeral 13 del parágrafo 2 del artículo 364-5 E.T.). Visualizar Certificacion Representante – Visualizar Certificación Revisor
  4. Copia de la escritura pública, documento privado o acta de constitución en donde conste que está legalmente constituida. Visualizar Certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente, en el cual figuren sus administradores, representantes y miembros del consejo u órgano directivo cuando hubiere lugar a ello. Visualizar
  5. Copia del acta de la Asamblea General o máximo órgano de dirección, en la que se autorice al representante legal para que solicite que la entidad sea calificada o permanezca como entidad del Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta. Visualizar
  6. Copia de los estatutos de la entidad o acta del máximo órgano directivo donde se indique que el objeto social principal corresponde a una actividad meritoria, que los aportes no son reembolsados, que sus excedentes no son distribuidos y que se identifique los cargos directivos de la entidad. (Numeral 4 del Art. 1.2.1.5.1.8 del Decreto 1625 del 2016). 
  7. Certificación del Representante Legal de los antecedentes judiciales y declaración de caducidad de contratos estatales de los miembros de la junta directiva, fundadores, representantes legales o miembros de los órganos de dirección de conformidad con el numeral 3 artículo 364-3 E.T. Visualizar Copia del acta de Asamblea General o máximo órgano de dirección que indica el estado de las asignaciones permanentes de los años gravables anteriores de conformidad con el artículo 1.2.1.5.1.27 del Decreto 1625 de 2026, si hay lugar a ello. Visualizar Visualizar 2
  8. Copia del acta de Asamblea General o máximo órgano de dirección en el que se aprobó la distribución del beneficio neto o excedente del respectivo año gravable, si hay lugar a ello. Visualizar

De ésta manera, la institución ha acreditado los documentos exigidos y ha realizado a través del SIE – RTE de la DIAN, el procedimiento establecido en los artículos 356-2 y 364-5 del Estatuto Tributario y en el artículo 1.2.1.5.1.11., del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, el cual se encuentra incorporado en el artículo 2 del Decreto 2150 de 2017, con el objeto de dar transparencia al proceso de permanencia que solicita la institución. Dar clic pagina de la DIAN